Un año más a los contribuyentes se nos acerca la hora de dar cuenta a Hacienda de nuestras obligaciones fiscales con respecto a la Renta y el Patrimonio del ejercicio 2022, que incluye algunas novedades. Un año más, el plazo para enviar la declaración finalizará el 30 de junio (con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 27 de junio de 2022).
Resumen de las principales novedades IRPF 2022
1. Exenciones
- Complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del ingreso mínimo vital
- Indemnizaciones percibidas en concepto de responsabilidad civil por daños personales por los familiares de las víctimas del accidente del vuelo GWI952
- Exención por las ayudas por daños personales ocasionados por los incendios que tuvieron lugar en las Comunidades Autónomas relacionadas en anexo del Acuerdo del Consejo de ministros del 23 de agosto de 2022
- Exención por las subvenciones y ayudas concedidas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios
2. Aportaciones a planes de pensiones: La aportación individual máxima a los planes de pensiones privados con derecho a deducción en el IRPF pasa a 1.500 euros anuales, mientras que las aportaciones máximas a los planes de empresa con derecho a deducción suben a los 8.500 euros para 2022. Entre las dos, la aportación total con beneficios fiscales se mantiene en 10.000 euros anuales.
3. Rentas desde 200.000 a 300.000 euros: Se produce una subida de un punto del IRPF para rentas desde 200.000 a 300.000 euros. De este modo, el IRPF pasa al 27% y para las plusvalías superiores a 300.000 euros, el incremento es de dos puntos más, hasta el 28%.
4. Deducción por maternidad: Otra de las novedades tiene que ver con la deducción por maternidad, que pasa a ser una «ayuda universal» para madres que tenían un máximo de 100 euros mensuales por cada menor de 3 años y para madres que no tengan empleo fijo y que estén en el paro.
Nuevo impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas: La Ley 38/2022, del 27 de diciembre, ha creado el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas (en adelante «IGF»), que se configura como un tributo de carácter directo, naturaleza personal y complementario del Impuesto sobre el Patrimonio que grava el patrimonio neto de las personas físicas de cuantía superior a 3.000.000 de euros. El impuesto se configura con carácter temporal y, en principio, resultará de aplicación exclusivamente para los ejercicios 2022 y 2023.
Os dejamos la información completa sobre las novedades y cambios de esta campaña de la Renta y Patrimonio en este enlace
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